Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0440/2015-S1
Fecha: 08-May-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega como lesionados sus derechos al debido proceso, a la inocencia, a la defensa y al trabajo; al considerar que, habiendo sido elegido y posesionado en Asamblea General de Socios de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “Madre y Maestra” Ltda. como miembro del Comité Disciplinario, fue inhabilitado arbitrariamente y sin atribuciones por el Consejo de Administración, por tener una denuncia pendiente de resolverse en el Comité Disciplinario y por considerar que su posesión era provisional hasta que cumpla los requisitos, óbice posterior a su nombramiento y que no se le dio a conocer pese a sus diferentes solicitudes.
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.13.
- II.15.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo en la Constitución Política del Estado
- III.3. La acción de amparo en el Código Procesal Constitucional
- III.4. La identificación del tercer interesado
- la existencia de terceros con interés legítimo, para así asegurar su debida citación y resguardar el debido proceso constitucional y la igualdad jurídica de las partes y de quienes se pudieren encontrar afectados con su resultado.
- 5)
- Fragmento 25
- III.5. Análisis del caso concreto
- Fragmento 27