Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0458/2015-S3
Fecha: 07-May-2015
II.8.
II.8. El 15 de abril de 2013, el Fiscal procesado -accionante- interpuso excepción sobreviniente de extinción del proceso disciplinario ante el Fiscal Departamental de Santa Cruz (fs. 617 a 620), constando que por decreto de 16 de “febrero” de ese año, esta autoridad declaró haber perdido competencia para resolver ese incidente al haber dictado Resolución final, corriendo en traslado con el mismo (fs. 622).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- concedió en parte
- se concede en parte
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2. El derecho al debido proceso
- III.3. El derecho a la defensa y su vinculación con los actos procesales bajo el principio de igualdad procesal
- tengan conocimiento y acceso de los actuados
- III.4. Análisis del caso concreto
- conceder
- CONFIRMAR