SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0483/2015-S3
Fecha: 19-May-2015
3)
3) Con relación a la participación o no de los imputados -terceros interesados en la presente acción de defensa- en los hechos investigativos en el presente caso, y la adecuación al tipo penal de estelionato, conforme a los arts. 14 y 337 del Código Penal (CP), estableció que ambas partes tenían conocimiento que el bien objeto de la transferencia se encontraba registrado en DD.RR., con anotación preventiva; por ello, definió que Edwin Santos Saavedra Toledo -actual tercer interesado-, no ocultó la situación en la que se encontraba el bien inmueble. En ese sentido, el Fiscal Departamental hoy demandado, determinó que la situación referida, no demostró una actuación con dolo o mala fe a momento de efectuar los documentos privados. De la misma forma, señaló que la parte denunciante no demostró que los sindicados hayan tenido plena participación en el hecho incriminado de estelionato, es más, del cuaderno de investigación determinó la obtención de los antecedentes penales del Registro Judicial de Antecedentes Penales (REJAP) e informe del Sistema “l3P”, donde los ahora terceros interesados, Edwin Santos Saavedra Toledo, Jorge Alejandro Numbela Saavedra y Peter Mario Méndez Torrico, no registran procesos penales o denuncias; aspectos por los cuales denotó que éstos no se dedicaron a cometer hechos ilícitos, y más aún que guarden relación con el presente hecho investigativo; y,
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- I.2.4. Intervención del Ministerio Público
- improcedente
- II.1.
- II.3.
- toda decisión emitida dentro de un proceso penal que no implique cuestión de mero trámite sino que concierna al fondo de lo que se investiga debe ser necesariamente motivada o lo que es lo mismo, debidamente fundamentada, lo que significa, que tanto el fiscal o los jueces que conozcan el proceso, sea en control jurisdiccional o para resolver el fondo, deberán dictar sus requerimientos o resoluciones cumpliendo las exigencias de la estructura de forma como de contenido de las mismas
- Fragmento 13
- b)
- c)
- d)
- 2)
- 3)
- 4)
- CONFIRMA