Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0483/2015-S3
Fecha: 19-May-2015
Fragmento 13
En principio, cabe precisar que corresponde el análisis de la problemática planteada respecto a la falta de fundamentación y motivación de la Resolución FDLP/JAPR/R 440/2014, dictada por el Fiscal Departamental demandado, que analizó el fallo de los Fiscales de Materia codemandados, ya que ésta es la última determinación que corresponde ser revisada por este Tribunal Constitucional Plurinacional.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- I.2.4. Intervención del Ministerio Público
- improcedente
- II.1.
- II.3.
- toda decisión emitida dentro de un proceso penal que no implique cuestión de mero trámite sino que concierna al fondo de lo que se investiga debe ser necesariamente motivada o lo que es lo mismo, debidamente fundamentada, lo que significa, que tanto el fiscal o los jueces que conozcan el proceso, sea en control jurisdiccional o para resolver el fondo, deberán dictar sus requerimientos o resoluciones cumpliendo las exigencias de la estructura de forma como de contenido de las mismas
- Fragmento 13
- b)
- c)
- d)
- 2)
- 3)
- 4)
- CONFIRMA