SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0483/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0483/2015-S3

Fecha: 19-May-2015

I.2.4. Intervención del Ministerio Público

El representante del Ministerio Público, señaló que existen acciones en la vía civil de las cuales se ignora si causaron efecto; sin embargo, al no demostrarse el agotamiento de la vía ordinaria debe aplicarse el principio de subsidiariedad en la presente acción de amparo constitucional; de igual manera, el fallo de rechazo 92/14-ECO-FIN, está debidamente fundamentado, y una vez impugnado por la parte accionante, fue ratificado mediante Resolución FDLPP/JAPR/R 440/2014, por lo que no se puede evidenciar la restricción, supresión o amenaza de los derechos del accionante; por lo expuesto, solicitó se deniegue la tutela.