SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0535/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0535/2015-S2

Fecha: 21-May-2015

II.1.

II.1.  Los accionantes, suscribieron contratos de trabajo por obra con la empresa “SPIECAPAG S.A. Sucrusal Bolivia”, de acuerdo a la siguiente individualización: 1) Juan José Barbeyto Somoza, chofer, desde el 10 de marzo de 2014, hasta que concluya la fase de movilización de la obra, estimando un periodo de seis meses, pudiendo acortar o alargar el periodo de trabajo; 2) David Marcos Villarroel Laguna, electricista, desde el 26 de febrero de 2014, hasta que concluya la fase de movilización de la obra, estimando un periodo de seis meses, pudiendo acortar o alargar el periodo de trabajo; 3) Offman Federico Moscoso Careaga, amolador, 18 de febrero de 2014, por doce meses, pudiendo acortar o alargar el periodo de trabajo; y, 4) David Gómez Rivero, contratado desde el 18 de febrero de 2014, por doce meses, pudiendo acortar o alargar el periodo de trabajo (fs. 46 a 53 vta.).