SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0596/2015-S2
Fecha: 28-May-2015
II.6.
II.6. Mediante Resolución de 9 de febrero de 2012, el Tribunal de Honor del Sindicato Mixto de Transporte “30 de Noviembre”, dentro del proceso disciplinario seguido contra los ahora accionantes y otros, dispuso la expulsión definitiva de Juan Jesús Morales Mendoza y Jorge Soliz Flores, omitiendo exponer los motivos y fundamentos de su Resolución, limitándose a efectuar una relación de las denuncias realizadas contra cada uno de los procesados, mencionando los actos procesales realizados, la transcripción de diferentes artículos del Estatuto y Reglamento Interno del citado sindicato, y la afirmación de que los procesados a más de ratificar la prueba ofrecida en sus memoriales y oficios no produjeron otros elementos probatorios tanto documentales y testificales que hayan demostrado de manera fehaciente la negativa expresada en sus respuestas ante la denuncia objeto del proceso disciplinario, menos han acreditado los puntos de hecho a probar, establecidos por el auto que traba la relación procesal (fs. 173 a 183, Anexo 1).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III.1. El debido proceso en sus elementos de fundamentación y congruencia de las resoluciones
- III.2. La finalidad de las notificaciones en procesos disciplinarios y la relevancia constitucional para su tutela
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo