Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0554/2015- S1
Fecha: 01-Jun-2015
II.2.
II.2. Apersonamiento contestación y reconvención presentada el 20 de septiembre de 2011, por Florentina Abasto Merubia de Garnica, (fs. 14 a 16 vta. y 18) alegando que la extensión definitiva de la escritura demandada estaba sujeto al cumplimiento previo del pago del monto acordado restante; por su parte Enrique Garnica Bravo se apersonó contestando y reconviniendo la demanda el 18 de octubre 2011, alegando la extensión de la escritura definitiva estaba sujeta al pago del precio a cancelar por parte de la contraparte (fs. 22 a 24).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- 1.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.9.
- II.10
- II.11
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.
- III.3.Análisis del caso concreto
- denegar
- CONFIRMAR