Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0554/2015- S1
Fecha: 01-Jun-2015
II.5.
II.5. En apelación, se emitió el Auto de Vista 04/2012 de 23 de noviembre, que revocó parcialmente la Sentencia 07/2012 y declaró probada la demanda principal por lo demás, confirmó la misma, en consecuencia dispuso que los demandados Enrique Garnica Bravo y Florentina Abasto Merubia de Garnica cumplan con la obligación emergente y contraída en el contrato, en el plazo de quince días (fs. 47 a 51 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- 1.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.9.
- II.10
- II.11
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.
- III.3.Análisis del caso concreto
- denegar
- CONFIRMAR