Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0554/2015- S1
Fecha: 01-Jun-2015
II.3.
II.3. El 9 de noviembre de 2011, Ivar Gutiérrez Fernández, Juez de Instrucción y cautelar de Entre Ríos; rechazó la excepción de impersonería presentada por los demandantes y repuso la providencia de fs. 40 vta., en su totalidad; por lo que, se tuvo por no presentada la contestación y la reconvención de fs. 38 a 40 de obrados por parte del demandado Enrique Garnica Bravo (fs. 27 a 28 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- 1.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.9.
- II.10
- II.11
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.
- III.3.Análisis del caso concreto
- denegar
- CONFIRMAR