Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0573/2015-S3
Fecha: 10-Jun-2015
Fragmento 16
Contra la nombrada Resolución, los incidentistas interpusieron recurso de apelación, a lo que el Juez de alzada pronunció el Auto 0009/2014 y su complementario 171/2014, revocando la Resolución de 18 de julio de 2014 y disponiendo que por las mejoras se debía cancelar Bs119 056,06, monto que se obtuvo de una media aritmética entre el avalúo más alto y el más bajo y la correspondiente división entre dos. El ahora accionante alega que dichos Autos, son atentatorios y vulneratorios a sus derechos, debido a que carecen de motivación, fundamentación y congruencia.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- dando al administrado el pleno convencimiento de que no había otra forma de resolver los hechos juzgados, sino de la forma en que se decidió
- Fragmento 13
- [1]
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR