Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0583/2015-S3
Fecha: 10-Jun-2015
Fragmento 14
Expuesta la problemática planteada supra, y tomando en cuenta los parámetros establecidos por la jurisprudencia constitucional citada en el Fundamento Jurídico precedente, corresponde a este Tribunal en revisión verificar si el Auto de Vista 61/2014, emitido por los Vocales demandados puede ser analizado por esta jurisdicción.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- Fragmento 11
- III.1. Jurisprudencia relativa a la revisión de la actividad de otros tribunales por la justicia constitucional
- III.2. La acción de amparo constitucional no es otra instancia adicional a los procesos judiciales o administrativos
- Fragmento 14
- III.3.1.
- III.3.2.
- III.3.3.
- III.3.4.
- CONFIRMAR