Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0600/2015-S3
Fecha: 17-Jun-2015
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 94/2014 de 8 de diciembre, cursante de fs. 77 a 80 vta., pronunciada por la Sala Civil, Comercial y Familiar Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, y en consecuencia: DENEGAR la tutela impetrada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso en sus vertientes de derecho a la motivación, fundamentación y congruencia
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.2.1. Sobre la falta de motivación y fundamentación del AS 50/2014
- 2)
- 3)
- 4)
- 6)
- III.2.2. Sobre la valoración de la prueba realizada por los Magistrados demandados
- Fragmento 18
- III.2.3. Sobre la incongruencia en que se hubiera incurrido
- Fragmento 20
- CONFIRMAR