Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0616/2015-S1
Fecha: 15-Jun-2015
II.4.
II.4. El 12 de octubre de 2012, el Juez Segundo de Instrucción en lo Penal de Guayaramerin, luego de la aplicación de procedimiento abreviado dictó sentencia condenatoria contra David Marcos Conde Canqui, por el delito de almacenaje, comercialización y compra ilegal de diésel oíl, gasolina y gas licuado de petróleo, dentro el proceso seguido en su contra y otra (fs. 89 a 91).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- i)
- 1)
- “improcedente”
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo en la Constitución Política del Estado
- III.3. La acción de amparo en el Código Procesal Constitucional
- Fragmento 19
- III.4. Sobre el principio de inmediatez
- III.5. Jurisprudencia reiterada sobre la subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno, así:
- III.6. Análisis del caso concreto
- Fragmento 24