SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0625/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0625/2015-S1

Fecha: 15-Jun-2015

II.10.  Presentado el recurso de revocatoria

II.10.  Presentado el recurso de revocatoria por UNIFRANZ, al Ministerio de Educación el 24 de noviembre de 20014, solicitando la revocatoria de la   RM 876 se emitió la RM 1006/2014 de 22 de diciembre, por la cual el señalado Ministro rechazó el citado recurso y confirmó la RM 876, aduciendo que de acuerdo a los informes expedidos por instancias dependientes del mencionado Ministerio, se establece que UNIFRANZ no pidió la regularización de la carreras de medicina, odontología, derecho, ciencias de la educación, administración de empresas, contaduría pública, ingeniería de sistemas e ingeniería comercial, razón por la cual la RM 742/08, no hizo referencia a las mismas, con la que UNIFRANZ fue notificada el 30 de diciembre de 2014 (fs. 39 a 43 vta.).

La Universidad accionante denuncia la vulneración de sus derechosa la defensa, el acceso a la justicia, al debido proceso en sus vertientes de fundamentación, congruencia y pertinencia, a la “verdad material”, a “no ser víctima de abusos o actos arbitrarios de la administración pública” (sic), a la educación (a impartirla), al trabajo, a ejercer una actividad lícita, y los principios de legalidad y de seguridad jurídica; toda vez que, mediante RM 742/08, fue autorizado el legal funcionamiento de la subsede de El Alto, dejando excluidas varias carreras que desarrollaban planes y programas aprobados, dando lugar a la solicitud de complementación y enmienda, que no fue respondida oportunamente y ante su insistencia se emitió la RM 876, y en lugar de pronunciarse sobre los aspectos cuestionados, se sancionó con la no matriculación de alumnos para la gestión 2015, hecho que constituiría la clausura de la UNIFRANZ, por medio de una resolución complementaria que resulta más gravosa que la resolución principal.