Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0635/2015-S2
Fecha: 05-Jun-2015
II.3.
II.3. Contra esa Resolución Sancionatoria, “SLV BOLIVIA S.R.L.”, interpuso recurso de alzada, que fue resuelto por la Directora Ejecutiva Regional a.i. de la AIT de Santa Cruz, mediante la Resolución de Recurso de Alzada ARIT-SCZ/RA 0024/2014 de 13 de enero, que confirmó la Resolución Sancionatoria AN-SCRZZ-RS-256/2013 (fs. 114 a 121; 183 a 192 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4. “
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 17
- III.1. Sobre el derecho al debido proceso
- III.2.
- III.3. Análisis del caso concreto
- la empresa accionante presentó a la Administración Aduanera la comunicación externa CE/SENASAG/ASV-SC/IPV-07/0004-2013, mediante la cual aclaró que la emisión del certificado fitosanitario de importación, es solo para la internación de productos de origen vegetal al territorio boliviano y no así para los productos de origen vegetal que son procesados y comercializados dentro del territorio nacional
- Fragmento 22