SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0661/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0661/2015-S2

Fecha: 10-Jun-2015

I.2.1. Ratificación de la acción

El accionante mediante su abogado, ratificó los alegatos de la demanda, haciendo hincapié en la vulneración del debido proceso, por cuanto, no obstante de que contaba con tres días para apelar la decisión, ésta fue ejecutada desde el día de la requisa, habiendo sido liberado del régimen cerrado, el día de audiencia de acción de libertad.