SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0661/2015-S2
Fecha: 10-Jun-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante considera lesionados sus derechos a la vida, libertad, debido proceso, locomoción, defensa e impugnación, toda vez que, se le puso en celda de aislamiento sin que esté ejecutoriada la resolución administrativa; que su vida corre peligro debido a que el demandado, luego de una requisa, dispuso su inmediata remisión a celdas de aislamiento y, posteriormente, sin que medie un debido proceso, mediante Resolución de Sanción Disciplinario 257/1412 de noviembre de 2014, lo sancionó con sesenta días a ser cumplidos en régimen cerrado, decisión que fue inmediatamente ejecutada sin permitirle ejercer su derecho de impugnación, sometiéndolo dos veces consecutivas, a privación de su libertad de forma indebida.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- denegó
- 1.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Sanciones disciplinarias dentro del régimen penitenciario y su finalidad
- Artículo 133º (Sanciones por Faltas muy Graves)
- sin perjuicio de disponerse las medidas necesarias para evitar que el hecho produzca mayores consecuencias”
- III.3. Análisis del caso concreto
- después de sustanciada una audiencia y emitida una resolución emergente de proceso disciplinario
- CONFIRMAR