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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0675/2015
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0675/2015

    Fecha: 26-Jun-2015

    II.8.

    II.8.  Bello Ávila Lijeron, José Mariano Vásquez Barrientos y otros interponen acción de amparo constitucional contra Claudia Patricia Pozo Mariscal y otros, por las medidas de hecho respecto a avasalladores que tomaron posición de sus terrenos realizándose la audiencia la misma el 28 de octubre 2010 denegándose la tutela solicitada (fs. 102 a 113). 

    • Bernardo Cruz Aragón
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • 1.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • i)
    • I.2.3. Intervención de la Procuraduría General del Estado
    • improcedente”
    • II.2.
    • II.3.
    • II.5.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.10.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Ámbito de protección de la acción popular
    • III.2. La subsidiariedad y la inmediatez en la acción popular
    • aclarándose al respecto que, a efectos de unificar el uso de la terminología de las acciones populares en la parte resolutiva, deben utilizarse los 'conceder' y 'denegar' la tutela, en caso de otorgarse la protección, o bien, negársela -respectivamente-‴
    • III.3. Jurisprudencia reiterada sobre hechos controvertidos
    • III.4. Análisis del caso en concreto
    • CONFIRMAR

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