Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0681/2015-S2
Fecha: 30-Jun-2015
II.1.
II.1. El 1 de agosto y 11 de noviembre de 2013, Rosalía Ecueybari Mamio, Yancarla Lorena Galarza Garzón y Alexander López Suárez, respectivamente, fueron posesionados en los cargos de Auxiliar del Juzgado Primero de Partido en lo Civil y Comercial; Oficial de Diligencias del Juzgado Primero de Instrucción de Familia; y, Auxiliar del Juzgado Primero de Instrucción en lo Civil y Comercial, todos de Tribunal Departamental de Justicia de Pando (fs. 4, 6 y 8).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Subsidiariedad de la acción de amparo constitucional
- las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- III.2. Tutela de derechos no invocados
- III.3. Sobre la protección del progenitor del hijo o hija menor a un año
- c) La inamovilidad del progenitor varón por un lapso de un año, computable desde el nacimiento de su hijo o hija”
- cualquier sanción a imponérsele, la destitución u otra que afecte sus derechos fundamentales y/o garantías constitucionales o los del nuevo ser, debe posponerse a efectos de garantizar y precautelar los derechos de carácter primario (salud, vida, seguridad social) que pudieran ser vulnerados de forma irreparable e irremediable'
- III.4. Análisis del caso concreto
- i) Con referencia a las accionantes: Rosalía Ecueybari Mamio y Yancarla Lorena Galarza Garzón
- ii)
- REVOCAR en parte