SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0681/2015-S2
Fecha: 30-Jun-2015
III.4. Análisis del caso concreto
De acuerdo a los argumentos vertidos por los accionantes, los servidores públicos demandados habrían lesionados sus derechos al debido proceso y a la defensa al haberlos destituido como resultado de un proceso evaluativo en el cual obtuvieron calificación reprobatoria, sin darles la posibilidad de impugnar el resultado.
Con el objetivo de lograr una correcta comprensión de lo que ha de resolverse, deberemos dividir nuestro análisis en dos partes esenciales; así, la primera abarcará el análisis de la situación jurídica de Rosalía Ecueybari Mamio y Yancarla Lorena Galarza Garzón; y la segunda, la de Alexander López Suárez, discriminación que obedece a las características especiales de este último.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Subsidiariedad de la acción de amparo constitucional
- las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- III.2. Tutela de derechos no invocados
- III.3. Sobre la protección del progenitor del hijo o hija menor a un año
- c) La inamovilidad del progenitor varón por un lapso de un año, computable desde el nacimiento de su hijo o hija”
- cualquier sanción a imponérsele, la destitución u otra que afecte sus derechos fundamentales y/o garantías constitucionales o los del nuevo ser, debe posponerse a efectos de garantizar y precautelar los derechos de carácter primario (salud, vida, seguridad social) que pudieran ser vulnerados de forma irreparable e irremediable'
- III.4. Análisis del caso concreto
- i) Con referencia a las accionantes: Rosalía Ecueybari Mamio y Yancarla Lorena Galarza Garzón
- ii)
- REVOCAR en parte