DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL O146/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL O146/2015

Fecha: 16-Jul-2015

para el cumplimiento de las competencias desarrollados en el artículo 92 parágrafo III de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización,

En aplicación al artículo 302 parágrafo I numeral 21 de la Constitución Política del Estado Plurinacional, el Gobierno Autónomo Municipal de Puerto Villarroel tiene como competencia exclusiva los proyectos de infraestructura productiva; consecuentemente para el cumplimiento de las competencias desarrollados en el artículo 92 parágrafo III de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización, el Gobierno Autónomo Municipal de Puerto Villarroel asumirá las siguientes acciones:

d) Implementar una unidad de control de tolerancia y pruebas de residuos tóxicos en productos agropecuarios y calidad de los pesticidas comercializados en el Municipio, en coordinación con la Gobernación y el nivel central del Estado, promover la producción y comercialización de pesticidas y repelentes orgánicos locales mediante convenios con instituciones especializadas;

Es contradictorio al orden constitucional la frase: “para el cumplimiento de las competencias desarrollados en el artículo 92 parágrafo III de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización”; que se encuentra en el art. 151 (Ahora art. 150) del proyecto de Carta Orgánica; ya que la misma fue declarado inconstitucional, a través de la SCP 2055/2012 de 16 de octubre.