DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL O146/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL O146/2015

Fecha: 16-Jul-2015

parágrafo I

De acuerdo a las observaciones de incompatibilidad, el parágrafo I del art. 10 del proyecto de Carta Orgánica fue modificada de la siguiente forma: “Por las características culturales y sociales del Municipio de Puerto Villarroel los idiomas de uso preferente para la gestión municipal son el castellano, quechua, aymara, yuqui, yucaré y mojeño-trinitario”. Sobre la base de dicha adecuación corresponde declarar la compatibilidad del parágrafo referido con la Ley Fundamental.

Respecto al parágrafo I del art. 144 (Ahora art. 143) del proyecto de Carta Orgánica, en materia de áridos y agregados, el mandato constitucional, obliga a los gobiernos autónomos municipales coordinar con los pueblos indígena originario campesinos, y no así con las organizaciones sociales u indígena originario campesinos.