SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0697/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0697/2015-S3

Fecha: 06-Jul-2015

30 de diciembre de 2013 que fue hábil para la labor judicial

De la revisión de antecedentes, se tiene que efectivamente los Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Auto de Vista 118/2014 de 17 de abril, declararon inadmisible el recurso de apelación incidental presentado, al haber sido -a consideración de ellos- interpuesto fuera de plazo, bajo el argumento de que el ahora accionante “…debió apersonarse ante el Órgano Jurisdiccional el día lunes 30 de diciembre de 2013 que fue hábil para la labor judicial…” (sic) (las negrillas son nuestras) (Conclusión II.3).