Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0697/2015-S3
Fecha: 06-Jul-2015
II.2.
II.2. Mediante memorial de 27 de diciembre de 2013, Silvia Quispe Ramos, interpuso recurso de apelación incidental ante Adolfo Esteban Machicado Poma, Notario de Fe Pública de Primera Clase 54 del departamento de La Paz (fs. 11); misma que fue entregada ante el Tribunal Quinto de Sentencia Penal del mismo departamento, el 2 de enero de 2014 (fs. 12 a 16 vta.); asimismo, por Auto de 3 del mismo mes y año, se concedió el recurso de apelación corriendo en traslado a la parte contraria y siendo remitida al Tribunal Departamental de Justicia de La Paz (fs. 17).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- i)
- 30 de diciembre de 2013 que fue hábil para la labor judicial
- los términos y plazos de los procesos en trámite quedaban suspendidos los días 30 y 31 de diciembre de 2013 y reabiertos automáticamente el 2 de enero de 2015
- CONFIRMAR