Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0716/2015-S3
Fecha: 03-Jul-2015
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 01/2015 de 8 de enero, cursante de fs. 116 a 125, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Fernando Antonio Barrientos Iñiguez, representante legal de la agrupación ciudadana “Bien Común” (BICO) contra Nolberto Gallardo Suruguay, Isabel Cristina Vargas Muñoz, Betzabé Zegarra Mamani y Shara Cristina Medina Tarifa, Vocales del Tribunal Electoral Departamental de Tarija.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derecho y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió en parte
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- en caso de corregirse enmendarse cualquier situación fáctica que configure los elementos esenciales de la pretensión del amparo, evidentemente desaparece el objeto de la tutela y por tanto, es plenamente aplicable la teoría del hecho superado, (…) y por tanto en estas circunstancias, la tutela debe ser denegada
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR