Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0716/2015-S3
Fecha: 03-Jul-2015
III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
La parte accionante alega que ante la falta de notificación con la Circular TSE-PRES-SC-065/2014 de 11 de diciembre, por la que se amplió el plazo para la presentación de un acta notariada, se vulneraron sus derechos al debido proceso, a la defensa y a participar libremente del ejercicio del poder político y/o ser elegidos en los cargos de autoridades en las elecciones subnacionales, dejándole en un completo estado de desconocimiento respecto a lo dispuesto en el documento de referencia, siendo de esa manera imposible que hubieran podido tomar las previsiones del caso; por lo que, se les excluyó del proceso eleccionario de referencia.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derecho y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió en parte
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- en caso de corregirse enmendarse cualquier situación fáctica que configure los elementos esenciales de la pretensión del amparo, evidentemente desaparece el objeto de la tutela y por tanto, es plenamente aplicable la teoría del hecho superado, (…) y por tanto en estas circunstancias, la tutela debe ser denegada
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR