Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0734/2015-S3
Fecha: 01-Jul-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante considera que los Magistrados demandados lesionaron sus derechos al debido proceso y a la defensa; y, los principios de legalidad, reserva legal y seguridad jurídica, debido a que el AS 620/2014, casó en el fondo el Auto de Vista 97/2014, ello en una evidente falta de fundamentación e incongruencia, omitiendo la consideración de los requisitos de admisión que hacen al recurso de casación.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- improcedencia
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia consolidada sobre actos consentidos en acción de amparo constitucional
- si ha sido admitido y consentido por el interesado en un primer momento, aún cuando después lo denuncie y pretenda la protección, pues este Tribunal no puede estar a disposición de la indeterminación de ninguna persona, dado que ello sería provocar una incertidumbre en los actos jurídicos, que conforme al ordenamiento jurídico sustantivo como procesal tienen sus efectos inmediatos
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.2.1.
- CONFIRMAR