SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0740/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0740/2015-S1

Fecha: 17-Jul-2015

II.5.

II.5. El 1 de diciembre de 2014, la Sala Civil y Comercial del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, a través del Auto de Vista 191/2014 confirmaron el Auto interlocutorio de 1 de octubre del referido año, pronunciado por el Juez a quo, dentro el proceso ordinario de acción resarcitoria por daño civil, su cuantificación y consiguiente pago; en la parte considerativa mencionaron que: “con referencia al SENARECOM es  importante establecer que se trata de una entidad descentralizada bajo la tuición del Ministerio de Minería y Metalurgia, encargada de la regulación y control de las actividades de comercialización interna, externa, por lo que el Ministerio de Minería y Metalurgia ejerce tuición contra SENARECOM con las facultades reconocidas por la ley 1178 y    DS 28631. En ese entendido es ineludible que la parte actora ponga en conocimiento de la presente demanda al Ministerio de Minería y Metalurgia, con la finalidad de otorgar seguridad jurídica, transparencia y no causar indefensión, prescindiendo se atenta contra el debido proceso” (sic) (fs. 3).