SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0752/2015-S1
Fecha: 28-Jul-2015
II.10.
II.10.De acuerdo a resumen de boletas procesadas de 21 de julio de 2014, se evidencia que a favor de Haydee Teresa Portanda Torrejon no existen pagos efectuados de abril de 2004 a febrero de 2008 y que de la gestión 2009 a 2014 se depositó un total de Bs144 420,06.-(ciento cuarenta y cuatro mil cuatrocientos veinte con 06/100), conforme al siguiente detalle: i) En 2009 Bs17 515,17.-(diecisiete mil quinientos quince con 17/100 bolivianos); ii) En 2010 Bs21 696,37.-(veintiún mil seiscientos noventa y seis con 37/100 bolivianos); iii) En 2011 Bs23 705,52.-(veintitrés mil setecientos cinco con 52/100 bolivianos); iv) En 2012 Bs34 873,20.-(treinta y cuatro mil ochocientos setenta y tres mil con 20/100 bolivianos); v) En 2013 Bs30 774,26.-(treinta mil setecientos setenta y cuatro con 26/100 bolivianos); y, vi) En el 2014 de enero a junio Bs15 855, 54.-(quince mil ochocientos cincuenta y cinco con 54/100 bolivianos) (fs. 48 a 50).
- acción de amparo constitucional
- a)
- 1)
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- Toda persona tiene derecho a la petición de manera individual o colectiva, sea oral o escrita, y a la obtención de respuesta formal y pronta
- potestad, capacidad o facultad que tiene toda persona de formular quejas o reclamos frente a las conductas, actos, decisiones o resoluciones irregulares de los funcionarios o autoridades públicas o la suspensión injustificada o prestación deficiente de un servicio público, así como el de elevar manifestaciones para hacer conocer su parecer sobre una materia sometida a la actuación de la administración o solicitar a las autoridades informaciones
- se vulnera este derecho cuando
- III.2.
- El debido proceso legal, proceso justo o simplemente debido proceso (así como el derecho de acción, de contradicción) es un derecho humano fundamental que tiene toda persona y que le faculta a exigir del Estado un juzgamiento imparcial y justo, ante un juez responsable, competente e independiente, pues, él «Estado no sólo está obligado a proveer la prestación jurisdiccional (cuando se ejercitan los derechos de acción y contradicción) sino a proveerla bajo determinadas garantías mínimas que le aseguren tal juzgamiento imparcial y justo»
- Fragmento 24
- III.3. Sobre la situación de las personas adultas mayores, por pertenecer a un grupo de atención prioritaria
- III.4. Derechos a la jubilación, a la seguridad social y a la i
- 2º CONCEDER