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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0789/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0789/2015-S3

    Fecha: 03-Jul-2015

    III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

    El accionante estima como lesionados sus derechos a la libertad y al debido proceso, por cuanto considera que las autoridades judiciales demandadas, dictaron resoluciones sin la debida fundamentación, respecto de su participación y al presupuesto sustancial, sin ponderar la prueba presentada para desvirtuar éste; además, la audiencia en apelación, no fue celebrada dentro de término legal.

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
    • María Cristina Montesinos
    • a)
    • Vladimir Gustavo Taboada Suárez
    • concedió
    • 3)
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Obligación del Tribunal de apelación de fundamentar y motivar la resolución que disponga, modifique o mantenga una medida cautelar
    • III.2. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
    • se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
    • III.3.  Casos de inversión de la carga de la prueba en la acción de libertad: La parte demandada debe desmentir o al menos negar los hechos por encontrarse en poder de la información o prueba
    • b)
    • 1)
    • 2)
    • e)
    • III.4.2.
    • III.5.  Otras consideraciones

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