SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0789/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0789/2015-S3

Fecha: 03-Jul-2015

Vladimir Gustavo Taboada Suárez

Vladimir Gustavo Taboada Suárez, Juez Segundo de Instrucción, Mixto, Liquidador y cautelar de Uyuni del departamento de Potosí, por informe escrito, de 23 de julio de 2014, cursante de fs. 100 a 104 vta. de obrados, señaló que, en la audiencia de 18 de junio del mismo año, rechazó la solicitud de cesación a la detención preventiva presentada por el ahora accionante, con el fundamento que, desvirtuó parcialmente los riesgos procesales del art. 234 inc. 1) y 2) del CPP, por solo acreditar el domicilio.

Por último, los riesgos procesales señalados en el art. 235.1 y 2 del CPP, declarados como vigentes en la audiencia de 12 de abril de 2014, en la cual se impuso la detención preventiva del actual accionante, la defensa técnica de éste omitió en audiencia referirse con argumentos a favor y presentar prueba para desvirtuarlos, por lo que dispuso la continuidad de los mismos.