DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0170/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0170/2015

Fecha: 04-Ago-2015

Autónomo

La Carta Orgánica del Municipio Autónomo de Caiza ‘D’ es la norma institucional básica, de cumplimiento estricto para toda persona natural o colectiva, pública o privada, nacional o extranjera que se encuentre dentro de la jurisdicción del Municipio, es de contenido pactado, reconocida y amparada por la Constitución Política del Estado como parte integrante del ordenamiento jurídico, que expresa la voluntad de sus habitantes, define sus derechos y deberes, establece las instituciones políticas de las entidades territoriales autónomas, sus competencias, la financiación de éstas, los procedimientos a través de los cuales desarrollan sus actividades y las relaciones con el Estado”.

El Municipio Autónomo de Caiza ‘D’, reconoce los principios y valores consagrados en la Constitución Política del Estado y sustenta su comportamiento de vida consuetudinaria en el marco de los principios éticos morales ama suwa (no seas ladrón), ama llulla (no seas mentiroso), ama qhella (no seas flojo). De la misma manera se reconocen los siguientes principios y valores:

1.    Carta Orgánica Municipal: Es la norma institucional básica del Municipio Autónomo de Caiza “D” de naturaleza rígida, cumplimiento estricto y contenido pactado, reconocida y amparada por la Constitución Política Estado como parte integrante del ordenamiento jurídico, que expresa la voluntad de sus habitantes, define sus derechos y deberes, establece las instituciones políticas, sus competencias, la financiación de éstas, los procedimientos a través de los cuales los órganos de la autonomía desarrollarán sus actividades y las relaciones con el Estado.

2.    Ley Municipal: Es la disposición legal que emana del Concejo Municipal en ejercicio, de su facultad legislativa, cumpliendo de forma estricta el procedimiento, requisitos y formalidades, que son de carácter general en su aplicación y su cumplimiento es obligatorio desde el momento de su promulgación y publicación.

1.    Decreto Municipal: Emitido por el órgano ejecutivo en gabinete municipal, con el objeto de reglamentar las leyes municipales en el ejercicio de las competencias exclusivas del Gobierno Autónomo Municipal y aquellas que les sean transferidas o delegadas; así como la reglamentación de las leyes nacionales emitidas por la Asamblea Legislativa Plurinacional en el ejercicio de las competencias concurrentes entre el  Nivel Central del Estado y la Entidad Territorial Autónoma Municipal; la reglamentación de las leyes municipales de desarrollo en base a legislación básica emitida por la Asamblea Legislativa Plurinacional en el ejercicio de las competencias compartidas entre el nivel central y el Gobierno Autónomo Municipal de Caiza D y la aprobación de la estructura del Órgano Ejecutivo.

2. El Defensor del ciudadano(a) del Municipio Autónomo de Caiza ‘D’ velará por la vigencia, promoción, difusión y cumplimiento de los derechos humanos, individuales y colectivos, declaradas por la Constitución Política del Estado y la Leyes Nacionales. La función de la Defensoría alcanzará a la actividad administrativa de todo el Gobierno Autónomo Municipal de Caiza ‘D’ y a la actividad de las instituciones privadas que presten servicios públicos.