DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0170/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0170/2015

Fecha: 04-Ago-2015

por lo que, el ahora numeral 30 del ahora art. 24, persiste en su incompatibilidad, debiendo el estatuyente readecuar conforme lo dispuesto en la resolución primigenia.

De la revisión a la disposición modificada, se tiene que la misma no se adecua a lo dispuesto por la DCP 0048/2015; toda vez, que dicha resolución constitucional dispuso que deberá ser aprobado una ley de honores, distinciones, etc.; sin embargo, en este nuevo texto se pretende aprobar mediante  ley un reglamento, extremo que no es permisible, dado que primero se emite una ley para luego mediante la instancia correspondiente se emita la reglamentación, consecuentemente el estatuyente no ha dado una interpretación correcta a la citada DCP 0048/2015, por lo que, el ahora numeral 30 del ahora art. 24, persiste en su incompatibilidad, debiendo el estatuyente readecuar conforme lo dispuesto en la resolución primigenia.