Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0766/2015-S1
Fecha: 04-Ago-2015
denegado
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, en revisión resuelve: CONFIRMAR la Resolución de 30 de enero de 2015, cursante de fs. 142 a 147, pronunciada por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia del Departamento de Cochabamba; y, en consecuencia DENEGAR la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- f)
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- denegó
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo
- III.3. La acción de amparo en el Código Procesal Constitucional
- Todas las demás actuaciones y providencias, incluso las resoluciones del juez inferior y del de apelación, serán notificadas en estrados.
- III.5. Análisis del caso concreto
- Fragmento 16
- denegado