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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0766/2015-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0766/2015-S1

    Fecha: 04-Ago-2015

    II.6.

    II.6.  Por la diligencia de notificación, se establece que el 14 de noviembre de 2014, Ricardo Mercado Mercado, fue notificado con el Auto de 13 del mismo mes y año, que rechazó la apelación; actuado realizado por Rolando Muñoz Cáceres, Oficial de Diligencias del Juzgado Segundo de Partido Administrativo Coactivo Fiscal y Tributario (fs. 139).  

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • f)
    • I.2.3. Intervención de la tercera interesada
    • denegó
    • II.3.
    • II.5.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
    • III.2.  De la acción de amparo
    • III.3.  La acción de amparo en el Código Procesal Constitucional
    • Todas las demás actuaciones y providencias, incluso las resoluciones del juez inferior y del de apelación, serán notificadas en estrados.
    • III.5.  Análisis del caso concreto
    • Fragmento 16
    • denegado

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