SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0780/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0780/2015-S1

Fecha: 18-Ago-2015

, la importancia de la fundamentación y motivación de las decisiones judiciales, radica básicamente en que el juzgador, a tiempo de emitir su veredicto debe plasmar de manera clara, las razones, motivos y, explicar las normas en las que fundó su decisión, de modo que, los justiciables tengan el conocimiento y control sobre la resolución que les involucra a ellos en su condición de partes en la sustanciación del proceso”

En función a las consideraciones antes señaladas, la importancia de la fundamentación y motivación de las decisiones judiciales, radica básicamente en que el juzgador, a tiempo de emitir su veredicto debe plasmar de manera clara, las razones, motivos y, explicar las normas en las que fundó su decisión, de modo que, los justiciables tengan el conocimiento y control sobre la resolución que les involucra a ellos en su condición de partes en la sustanciación del proceso” (las negrillas con nuestras).

Sobre la congruencia de las resoluciones judiciales o administrativas tenemos que la SC 0486/2010-R de 5 de julio, señaló que: “‘…la congruencia ha venido clasificada en diversos tipos o categorías que nos interesa anotar a los fines que se seguirán, y así es moneda corriente hablar en doctrina de incongruencia «ultra petita» en la que se incurre si el Tribunal concede «extra petita» para los supuestos en que el juzgador concede algo distinto o fuera de lo solicitado por las partes; «citra petita», conocido como por 'omisión' en la que se incurre cuando el Tribunal no se pronuncia sobre alguno de los pedimentos que le han sido planteados, etc.…’”.

La Sala Constitucional de Costa Rica pronunció sobre la congruencia de las resoluciones administrativas, lo siguiente: “…es la correlación entre acusación, prueba y sentencia, en virtud de que ésta tiene que fundamentarse en los hechos discutidos y pruebas recibidas en el proceso. Una dimensión importante del principio de congruencia es, además, el de la circunstancia de motivación de la sentencia, señalando y justificando especialmente los medios de convicción en que se sustenta y los que desecha” (Sentencia 0923-94).

Es la correlación entre acusación, prueba y sentencia, en virtud de que ésta tiene que fundamentarse en los hechos discutidos y pruebas recibidas en el proceso. Una dimensión importante del principio de congruencia es, además, el de la circunstanciada motivación de la sentencia, señalando y justificando especialmente los medios de convicción en que se sustenta y los que desecha”  (Sentencia 0923-94).

Bajo esta inteligencia, en los procedimientos administrativos al estar empeñados claros intereses públicos, no rige el principio dispositivo y la congruencia. Ese principio resulta predicable, única y exclusivamente, en los procedimientos disciplinarios, los cuales, incluso suelen estar precedidos de una investigación preliminar que coadyuva a definir claramente, desde un principio, los cargos o faltas que se le imputan a un funcionario” (Sentencia 16571-11).