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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0834/2015-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0834/2015-S1

    Fecha: 14-Sep-2015

    II.7.

    II.7.  En la fecha señalada precedentemente, el Directorio de la OTB Capacachi Central Sistema de Agua Potable envió nota al Alcalde Municipal de Colcapirhua, indicando que los pagos o cobro de consumo de agua de la Unidad Educativa “Sagrada Familia”, serían a través de su Secretario de Hacienda, Oscar Ojalvo Zea (fs. 261).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • 2)
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.10.
    • II.11.
    • II.12.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado Boliviano
    • III.2. De la acción de amparo
    • III.3. La acción de amparo en el Código Procesal Constitucional
    • Fragmento 20
    • III.4. Sobre el principio de inmediatez
    • III.5.
    • III.6. Análisis del caso concreto
    • Fragmento 24

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