SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0925/2015-S2
Fecha: 22-Sep-2015
a)
La parte accionante, a tiempo de ratificar lo expuesto en el memorial de acción de amparo constitucional, adujo que: a) Del informe de los Magistrados demandados, se desprende la admisión de la posibilidad de que esta acción tutelar esté promovida dentro de plazo, pues se debe tener en cuenta que el proceso penal, al ser una secuencia progresiva, en el cual se van cerrando determinados momentos, es imposible pretender su anulación o invalidarlo en medio del proceso vía acción de amparo constitucional; b) La Sentencia adolecía de muchos defectos, tal es así, que ambas partes no estaban conforme con ella, pues los querellantes insistían en una violación en grado de tentativa y por su parte denunciaban cinco agravios referidos, uno a la congruencia y otro, al principio iuria novit curia; c) El plazo razonable establecido en el art. 129 de la CPE, abrió primero, la posibilidad de que se admita esta acción de defensa, sin necesidad de verificar la tramitación y la oportunidad a partir del último acto del proceso, mismo que en el caso fue la denegatoria de la complementación y enmienda solicitada, es decir, el AS 675/2014; y, d) Es reprochable que el Tribunal Supremo de Justicia, alegando una falsa extemporaneidad pueda evadir el análisis de fondo de la problemática, condenándolos por un delito del que jamás fueron advertidos y del cual no tuvieron la oportunidad de defenderse, manejando la regla de la homogeneidad del bien jurídico tutelable, pretendiendo así “calzar” esta figura en el hecho acusado, sin analizar que la Sentencia se pronunció sobre hechos que no fueron objeto de investigación, de acusación ni de juzgamiento, invalidando el Auto de Vista que verificó la incongruencia existente entre la sentencia y la acusación.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Del plazo para la interposición de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 17
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR