SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0925/2015-S2
Fecha: 22-Sep-2015
II.3.
II.3. El Tribunal de Sentencia de Montero, provincia Santistevan del departamento de Santa Cruz, pronunció la Resolución 46/2012 de 6 de diciembre, por la cual de conformidad a lo establecido por el art. 365 del Código de Procedimiento Penal (CPP) y teniendo en cuenta que las pruebas aportadas por el Ministerio Público y la acusación particular eran suficientes para generar la convicción sobre la responsabilidad penal de los imputados, falló respecto a Willy Cornejo Ayala como culpable de la comisión de los delitos de daño calificado, allanamiento de domicilio agravado y amenazas; en cuanto a Juan Carlos Cornejo Ayala, culpable de los delitos de daño calificado, allanamiento de domicilio agravado, amenazas, lesiones leves y abuso deshonesto; y, en lo que respecta a Milton Cornejo Ayala, culpable de los delitos de daño calificado, allanamiento de domicilio agravado, y abuso deshonesto, imponiéndoles la pena privativa de libertad de 6 años, a cumplirse en la carceleta de Montero (fs. 42 a 48 vta.); decisorio recurrido de apelación restringida por ambas partes procesales (fs. 49 a 52 vta. y 56 a 59 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Del plazo para la interposición de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 17
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR