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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0927/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0927/2015-S3

    Fecha: 29-Sep-2015

    I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados

    El representante de la parte accionante considera lesionados los derechos al debido proceso en su elemento de ejercicio del derecho a la defensa en igualdad de condiciones; citando al efecto los arts. 14, 56.I, 115.II, 117.I, 119.II, 180.I y 187.I, de la Constitución Política del Estado (CPE), 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y, 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
    • a)
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la improcedencia de la acción de amparo constitucional en atención a su carácter subsidiario
    • 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno, así: a) cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • III.3. Otras consideraciones
    • CONFIRMAR

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