Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2016-S3
Fecha: 04-Ene-2016
II.6.
II.6. Agotado el mecanismo de impugnación se dictó la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 1726/2014 de 29 de diciembre, que entre otros, confirmó la Resolución de recurso de alzada impugnada, actuado notificado personalmente al Gerente Distrital de El Alto del SIN el 2 de enero de 2015, y notificación por cédula al representante de “TRANS R&M” S.R.L., el 6 del referido mes y año (fs. 377 a 405 y 409 de los anexos 2 y 3).
- acción de amparo constitucional
- a)
- 1)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- menos puede convertirse en un supra tribunal con facultades de revisar lo obrado por autoridades de otras jurisdicciones
- Demostrando ante esta justicia constitucional que se abre su competencia en miras
- en tres dimensiones distintas
- III.2. Análisis del caso concreto
- ii)
- iii)
- b)
- el sólo hecho de la discrepancia manifiesta de la accionante respecto a lo decidido por las autoridades de la jurisdicción ordinaria, no se traduce en vulneración a sus derechos invocados ni configura el fundamento suficiente para acudir a la justicia constitucional en procura de revisar nuevamente lo decidido por las autoridades demandas
- CONFIRMAR