SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0007/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0007/2016

Fecha: 14-Ene-2016

III.3.6. Conflictos frecuentes resueltos por la JIOC de la Comunidad de Lagunas, sanciones y procedimientos

La comunidad de Lagunas no presenta muchos problemas, pues fuera de los hechos de robo de ganados, que es lo que más ocurre, también sucede casos en los cuales aparecen los herederos de un sayañero que se ausentó por varios años, con la intención de recuperar la tierra. Cuando se presentan conflictos por linderos, estos se originan generalmente por el uso del agua para el consumo de sus animales.

Las sanciones consisten en trabajos comunitarios con contenido social, siendo el más frecuente la fabricación de adobes para algún espacio comunal; la jornada de trabajo equivale a la suma de Bs50.- (cincuenta bolivianos), monto que se debe pagar cuando no se cumple con la sanción impuesta, o por inasistencia a reuniones; el castigo físico está contemplado dentro de los usos y costumbres de la comunidad, pero nunca se habría utilizado. En situaciones en las que no pueden solucionar el problema acuden a la autoridad estatal, de manera que las sanciones por faltas mayores como ser peleas, asesinatos o robos, son impuestas por la justicia ordinaria. Son las autoridades originarias las encargadas de hacer cumplir la sanción.

En el procedimiento para la solución de los conflictos relacionados a la tenencia de las tierras, el afectado hace la denuncia a la autoridad, luego se hace una verificación mediante visita en el territorio afectado y de acuerdo al resultado se elabora una notificación escrita para la persona acusada. Posteriormente, la autoridad hace una reunión conciliatoria citando a las dos partes para solucionar el problema, si existe buena predisposición, concluye ahí. Si no existe flexibilidad de las partes, el problema llega a la autoridad superior que es el Mallku de la Marka e inclusive puede llegar al Apu Mallku de Carangas que analiza la situación en coordinación con los representantes del Tribunal Agroambiental. No existen reglamentos escritos, la normativa es tácita y su ejecución corresponde a la autoridad originaria, en los casos de robo de ganado, cuando se logra dar con el autor, se lo lleva a la justicia ordinaria.