SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0007/2016
Fecha: 14-Ene-2016
III.4.2. Respecto a la vigencia del ámbito de competencia territorial
Tal como disponen los arts. 191.II.3 de la CPE y 11 de la LDJ, el ámbito de vigencia territorial se aplica a las relaciones y hechos jurídicos que se realizan o cuyos efectos se producen dentro de la jurisdicción de un PIOC, siempre y cuando concurran los otros ámbitos de vigencia (personal y material).
En el caso en examen, tanto de las alegaciones efectuadas por las partes cuanto del informe Técnico TCP-STyD/UD 036/2015, se acredita que el hecho que motiva el conflicto competencial habría acaecido en la comunidad Lagunas es parte del Ayllu Jita Uta y Taypi Uta Collana de la parcialidad Aransaya de la Marka Curahuara de Carangas Nación Suyu Jach’a Carangas, reconocida legalmente como Consejo Occidental de Ayllus de “Jacha Carangas”, que se ubica en el municipio de Curahuara de Carangas del departamento de Oruro; de lo cual resulta que concurre el ámbito de competencia territorial, extremo que igualmente se encuentra admitido por las autoridades que conflictuaron competencia.
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- I.1. Alegaciones de Guillermo Bazán Delgado, autoridad originaria Apu Mallku Aransaya del Suyo Jach’a Carangas
- a)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El pluralismo jurídico y el control competencial
- Fragmento 11
- III.2. En cuanto al conflicto de competencias entre la jurisdicción ordinaria y la indígena originaria campesina y sus ámbitos de vigencia personal, territorial y material
- Ámbito de vigencia personal
- Ámbito de vigencia territorial
- Ámbito de vigencia material
- Fragmento 16
- III.3.1. Localización Territorial
- III.3.2. Identidad cultural y cosmovisión en torno a la territorialidad
- III.3.3. Estructura organizacional de la Comunidad Lagunas
- Cuando el Sullka Awatiri no puede resolver el conflicto remite el caso al Awatiri de su Ayllu
- III.3.5. Con relación a las normas relativas a la propiedad de la tierra, alambrados y su apropiación
- III.3.6. Conflictos frecuentes resueltos por la JIOC de la Comunidad de Lagunas, sanciones y procedimientos
- III.4. Análisis del caso en concreto
- III.4.1. Respecto al ámbito de competencia personal
- III.4.2. Respecto a la vigencia del ámbito de competencia territorial
- III.4.3. Respecto a la vigencia del ámbito de competencia material
- 1º
- 2º