SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0111/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0111/2016-S3

Fecha: 15-Ene-2016

II.1.

II.1.  En el proceso de nulidad de Título Ejecutorial seguido por Juan Carlos y Mario García Flores -ahora terceros interesados- contra la Granja Canedo S.A., el 26 de febrero de 2015, CONSARQ S.A. -empresa hoy accionante- a través de su representante legal interpuso incidente de nulidad alegando que existe: a) Falta de legitimación activa de los actores, por no haber acreditado interés legítimo para presentar la demanda, al no haber acompañado prueba idónea que acredite el derecho que refieren tener; b) Los actores no señalan como terceros interesados a otros coherederos que pudieran invocar tener mejor o igual derecho; c) No haber acreditado su situación jurídica y calidad de titulares del Título Ejecutorial 1447444 de 11 de abril de 1962, otorgado a favor de Graciela Álvarez de Canedo o de sus herederos; d) No se presentó prueba idónea que acredite la congruencia entre la cosa demandada, en relación al derecho que alegan tener los actores; y, e) Falta de legitimación pasiva por no haberse demandado a otras personas, cuyo derecho deriva de la sucesión hereditaria que se abrió al fallecimiento del demandado Alberto Canedo Fernández (fs. 8 a 14).