SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0880/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0880/2016-S1

Fecha: 04-Oct-2016

III.4.

Dentro de la acción de amparo constitucional seguida por Mario Chávez Landívar en representación legal de la Sociedad Comercial Petrolera Export Import S.A. contra Adhemar Fernández Ripalda, Edgar Molina Aponte entre otros, la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, pronunció la Resolución de 21 de abril de 2015, disponiendo dejar sin efecto el Auto de Vista 362 de 9 de septiembre de 2014, pronunciado por las autoridades demandadas, ordenando que las mismas emitan una nueva resolución “en conformidad a los arts. 531, 543 y 545 del Código Procedimiento Civil” (sic).

Remitida dicha Resolución en revisión, la Sala Segunda de este Tribunal a través de la SCP 1316/2015-S2, confirmó el mismo; ahora bien, en dicho fallo constitucional se identificó que la problemática jurídica planteada radicaba en que el Auto de Vista 362, avalaba ilegal subrogación que derivó en la adjudicación de un inmueble de propiedad de los accionantes a favor de una tercera que no participó en el proceso de subasta y remate, resolución emitido sin la debida fundamentación y congruencia; concluyéndose en el análisis del caso concreto que el mencionado Auto de Vista no se encontraba debidamente fundamentado y motivado sin pronunciarse de manera específica sobre cada uno de los agravios denunciados.