Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0927/2016-S1
Fecha: 19-Oct-2016
I.3 Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
Mediante decreto de 5 de septiembre de 2016, se dispuso la suspensión de plazo a efectos de que se remita documentación complementaria, conforme al art. 7.II del Código Procesal Constitucional (CPCo). Habiéndose recibido la misma, mediante decreto de 19 de octubre de igual año, se reanudó el plazo por lo que la presente Sentencia Constitucional Plurinacional es dictada dentro de término.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- concedió parcialmente
- I.3 Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.
- ñandereko
- servicio a la sociedad
- se interpondrá por la persona que se crea afectada, por otra a su nombre con poder suficiente o por la autoridad correspondiente de acuerdo con la Constitución
- cuando exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata
- El Estado garantiza el derecho al debido proceso
- Fragmento 20
- III.4. El derecho a la petición
- III.5.
- REVOCAR
- 1° CONCEDER