Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0927/2016-S1
Fecha: 19-Oct-2016
II.2.
II.2. Cursa acta de la Asamblea extraordinaria de socios de la “Asociación de Comerciantes Minoristas del Supermercado Central” de Cochabamba de 2 de septiembre de 2014, según la cual los socios por votación habrían determinado que en caso de incumplimiento al pago de sus deudas hasta el 31 de diciembre del mismo año, se les sancionaría con la aplicación de un interés del tres por ciento; en tanto que a partir del 1 de enero de 2015, se aplicaría la clausura de su caseta y el interés indicado; empero, no autorizó prescindir del sumario informativo (fs. 416 a 418 vta.)
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- concedió parcialmente
- I.3 Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.
- ñandereko
- servicio a la sociedad
- se interpondrá por la persona que se crea afectada, por otra a su nombre con poder suficiente o por la autoridad correspondiente de acuerdo con la Constitución
- cuando exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata
- El Estado garantiza el derecho al debido proceso
- Fragmento 20
- III.4. El derecho a la petición
- III.5.
- REVOCAR
- 1° CONCEDER