Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0927/2016-S1
Fecha: 19-Oct-2016
III.
Los accionantes, denuncian la vulneración de sus derechos a la petición, al trabajo, a la propiedad privada y al debido proceso; por cuanto, consideran que el demandado incurrió en medidas arbitrarias al aplicar la sanción de clausura de sus casetas sin previo sumario informativo, pretendiendo hacer cumplir un informe de auditoría cuyo contenido completo desconocen y no fue aprobado por la Asamblea General de Socios, pese a sus reiteradas solicitudes y reclamos, las mismas que no merecieron respuesta formal y oportuna.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- concedió parcialmente
- I.3 Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.
- ñandereko
- servicio a la sociedad
- se interpondrá por la persona que se crea afectada, por otra a su nombre con poder suficiente o por la autoridad correspondiente de acuerdo con la Constitución
- cuando exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata
- El Estado garantiza el derecho al debido proceso
- Fragmento 20
- III.4. El derecho a la petición
- III.5.
- REVOCAR
- 1° CONCEDER