SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0933/2016-S1
Fecha: 19-Oct-2016
celeridad
En cuanto a la administración de justicia, de acuerdo a lo señalado en los arts. 178, 179 y 190 de la CPE, la función judicial es única, en tanto que la potestad de impartir la misma, emana del pueblo boliviano y se sustenta en los principios de independencia, imparcialidad, seguridad jurídica, publicidad, probidad, celeridad, gratuidad, pluralismo jurídico, interculturalidad, equidad, servicio a la sociedad, participación ciudadana, armonía social y respeto a los derechos. La jurisdicción ordinaria y la jurisdicción indígena originario campesina gozarán de igual jerarquía; y, esta última al igual que la primera, respeta el derecho a la vida, el derecho a la defensa y demás derechos y garantías establecidos en la Norma Suprema.
De acuerdo a lo manifestado, la función jurisdiccional como servicio a la sociedad, no solo debe propender a la resolución del conflicto inmediato, sino sobre todo precautelar la armonía social y el respeto a los derechos. En tal sentido, en el ejercicio de esta función, se debe alcanzar un equilibrio entre la protección oportuna y efectiva de los derechos, la garantía del derecho al debido proceso y por otro lado la convivencia social armoniosa de los pueblos en el marco de los principios plurales del ñandereko, el khapaj ñan, entre otros.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- concedió parcialmente
- I.2.4. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III.
- ñandereko
- celeridad
- o de persona individual o colectiva
- no procederá cuando exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados de serlo
- III.3.
- salvo en determinadas situaciones y según garantías procesales estrictas
- El Estado garantiza el derecho al debido proceso
- autoridades o instancias organizativas de la sociedad
- el acto o los actos cometidos por particulares o funcionarios públicos, contrarios a los postulados del Estado Constitucional de Derecho por su realización al margen y en prescindencia absoluta de los mecanismos institucionales vigentes para una administración de justicia
- por su realización al margen y en prescindencia absoluta de los mecanismos institucionales vigentes
- Fragmento 27
- el hecho que el mismo sea un vehículo para el ejercicio de otros derechos que requieren de la información o la documentación solicitada para su pleno ejercicio, la respuesta solicitada debe ser formal y pronta, dando respuesta material a lo solicitado
- i)
- REVOCAR